La finalidad de esta prestación es dar apoyo económico a las familias en las que se haya producido un nacimiento, adopción, tutela o acogimiento entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017 en razón de la atención dedicada y para prevenir situaciones de vulnerabilidad.
Esta prestación económica es compatible con cualquier otra ayuda familiar otorgada por las administraciones públicas.
Los ingresos límite de la unidad familiar establecidos para acceder a la ayuda económica se determinarán en relación a la parte general y especial de la base imponible del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).
El trámite se puede hacer presencialmente en cualquier oficina de acción ciudadana de la Generalitat, por internet, a través de la Oficina Virtual de Trámites o presentando la solicitud por correo postal. El formulario de solicitud se puede encontrar en las propias oficinas o bien en la Oficina Virtual de Trámites.
Al presentar la solicitud se debe adjuntar la documentación requerida.
Familias que no sobrepasen los ingresos límite y que, además:
Año 2017:
Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes de ayuda para nacimientos, adopciones, tutelas o acogidas producidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2016 y el 1 de enero y el 30 de junio de 2017 (ambas fechas incluidas) y que no superen un determinado nivel de ingresos.
La cuantia de la ayuda es de 650 € per nacimiento, adopción, tutela o acogida.
Para las familias que tengan reconocido el título de familia numerosa o monoparental el importe será de 750 €.
El abono de hará en un solo pago a partir de la resolución de otorgamiento de la ayuda, a medida que exista disponibilidad presupuestaria.